Tasación de inmuebles
El informe oficial homologado que te piden el banco, el notario o el juzgado
Cuando alguien tiene que aceptar el valor de tu inmueble —un banco para darte la hipoteca, un juzgado en un divorcio, Hacienda en una herencia— no vale una opinión: hace falta una tasación oficial. Solo puede firmarla un tasador homologado por el Banco de España. Nosotros no tasamos: coordinamos el encargo con tasadores homologados, gestionamos la visita y te explicamos el informe. Tú solo abres la puerta.
Qué incluye
- Encargo de la tasación a un tasador homologado por el Banco de España.
- Coordinación de la visita al inmueble en la fecha que te venga bien.
- Informe oficial certificado, válido ante banco, notaría, Hacienda y juzgado.
- Análisis comparativo de mercado (ACM) con inmuebles similares de la zona.
- Revisión de la documentación necesaria antes de la visita, para no repetir trámites.
- Lectura del informe contigo: qué dice, qué no dice y cómo usarlo.
Validez oficial
Informe homologado por el Banco de España: sirve para hipoteca, subrogación, herencia, divorcio o procedimiento judicial.
Tú no llamas a nadie
Buscar sociedad de tasación, cuadrar agendas y perseguir el informe lleva tiempo. Lo hacemos nosotros.
Te explicamos el informe
Una tasación es un documento técnico. Te traducimos qué significa el valor que sale y qué puedes hacer con él.
Cuéntanos para qué la necesitas
Hipoteca, herencia, divorcio o venta: el uso condiciona el tipo de informe. Te confirmamos el importe antes de encargarla.
Encargamos la tasación
Contactamos con un tasador homologado y cuadramos la visita en la fecha que te venga bien.
Visita del tasador
El tasador visita el inmueble y analiza ubicación, superficie, estado y mercado. Tú solo abres la puerta.
Informe y explicación
Recibes el informe oficial y te lo explicamos: qué valor sale, en qué se basa y cómo usarlo.
Preguntas frecuentes
¿Qué diferencia hay entre tasación y valoración?
La valoración de mercado te orienta el precio de venta, te la hacemos nosotros gratis en 24–48 h y no tiene validez oficial. La tasación es un informe firmado por un tasador homologado por el Banco de España, tiene coste y sí es válida ante el banco, el notario o un juez. Si solo quieres saber a cuánto vender, te basta la valoración.
¿Vosotros sois tasadores homologados?
No, y es importante que lo sepas: la tasación oficial solo puede firmarla un tasador homologado inscrito en una sociedad de tasación. Nosotros actuamos como intermediarios: encargamos el trabajo a tasadores homologados, coordinamos la visita y te acompañamos con el informe.
¿Cuánto cuesta una tasación oficial?
Depende del tipo de inmueble, su superficie y su ubicación. Te confirmamos el importe exacto antes de encargarla: nunca hay sorpresas ni cargos que no hayas aprobado.
¿Cuándo necesito una tasación oficial?
Siempre que un tercero deba aceptar el valor: solicitud o subrogación de hipoteca, refinanciación, herencias, divorcios, aportaciones a sociedad o procedimientos judiciales. Para fijar un precio de venta, no hace falta.
¿Cuánto tiempo es válida?
Una tasación homologada caduca a los seis meses desde su emisión. Pasado ese plazo, el banco pedirá una nueva.
¿Sirve la tasación en cualquier banco?
Una tasación homologada es válida ante cualquier entidad y, por ley, el banco no puede obligarte a repetirla si le presentas una en vigor. En la práctica algunas entidades ponen pegas: si te pasa, te ayudamos a reclamarlo.
¿Qué documentación necesito?
Lo habitual es la nota simple o escritura, el IBI y, si existe, el certificado energético. Revisamos qué falta antes de la visita para que el tasador no tenga que volver.
¿Cuánto tarda?
Depende de la agenda del tasador y de cuándo se pueda visitar el inmueble. Al encargarla te damos un plazo concreto.
¿Por dónde quieres empezar?
Elige el canal que mejor te venga. Te respondemos igual de rápido por todos.
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